Actualidad Jurídica – Boletín 24 – 2026

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Boletín 24 | 2 de julio de 2026

Resolución DGEN No. 20267000113 de 2026 – Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR). La Resolución adoptó la tarifa de la Tasa por Utilización de Agua (TUA) para las cuencas de tercer orden y acuíferos de la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), para la vigencia de cobro 2025.

Resolución CAR No. 20267000114 de 2026 – Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR). La Resolución adoptó el Coeficiente de Escasez de Bosque (CEB) y Coeficiente de Disponibilidad Regional de Bosques (CDR) para la liquidación de la Tasa Compensatoria por Aprovechamiento Forestal Maderable en bosques naturales para la vigencia 2025.

Resolución CAR No. 20257000411 de 2025 – Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR). La Resolución adoptó el formulario de autodeclaración de vertimientos. Así mismo, la Resolución estableció otras disposiciones relacionadas con la facturación de la tasa retributiva.

Proyecto de Política de 2026 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). El MADS publicó para consulta ciudadana el Proyecto de la Política Nacional de Sustitución de Plásticos de Un Solo Uso, con el fin de que constituya el instrumento de política pública mediante el cual el Gobierno Nacional desarrolla lo establecido en la Ley 2232 de 2022 y consolida una hoja de ruta integral para avanzar hacia modelos sostenibles de producción y consumo, reducir la contaminación por plásticos de un solo uso y fortalecer la economía circular en Colombia. El MADS recibirá comentarios de la ciudadanía hasta el 13 de julio de 2026.

Proyecto de Política de 2026 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). El MADS publicó para consulta ciudadana el Proyecto de la Política Nacional del Agua para la Justicia Ambiental e Hídrica (2026 – 2050). El MADS recibirá comentarios de la ciudadanía hasta el 15 de julio de 2026.

Proyecto de Decreto de 2026 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). El MADS publicó para consulta ciudadana el Proyecto de Decreto que pretende adicionar el Decreto 1076 de 2015, en lo relacionado con la reglamentación del incentivo de Pago por Servicios Ambientales aplicable a los Pueblos Indígenas de Colombia que tratan el Decreto Ley 870 de 2017 y el artículo 319 de la Ley 1955 de 2019. El MADS recibirá comentarios de la ciudadanía hasta el 10 de julio de 2026.

Proyecto de Resolución de 2026 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). El MADS publicó para consulta ciudadana el Proyecto de Resolución que pretende definir los criterios y condiciones para identificar las sustancias químicas de uso industrial prioritarias para la gestión del riesgo para la salud o el ambiente. El MADS recibirá comentarios de la ciudadanía hasta el 12 de julio de 2026.

Proyecto de Resolución de 2026 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). El MADS publicó para consulta ciudadana el Proyecto de Resolución que pretende establecer los lineamientos del Curso de Sensibilización contra el Maltrato Animal y expedir la Ruta de Atención al Maltrato Animal, en desarrollo de los artículos 8 y 24 de la Ley 2455 de 2025. El MADS recibirá comentarios de la ciudadanía hasta el 11 de julio de 2026.

Sentencia del 27 de abril de 2026. Consejo de Estado. Sección Tercera, Subsección C. Radicado: 13001-23-33-000-2013-00518-01 (67180). El Consejo de Estado modificó la sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de nulidad y restablecimiento del derecho formuladas por Carman International S.A.S. contra la Resolución No. 0075 de 2013 (mediante la cual se impuso una medida preventiva de suspensión de actividades mineras por extracción de material de cantera sin licencia ambiental ni título minero) expedida por la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique), al concluir que se ajustó a derecho. Según el Consejo de Estado, las labores extractivas (de gran escala, prolongadas y con maquinaria) se hicieron sin autorización. La Sala declaró la falta de legitimación del representante legal demandante por tratarse de una SAS con personería jurídica independiente, eliminó la condena en costas de primera instancia por el amparo de pobreza concedido, y compulsó copias a la Fiscalía por la posible configuración del delito de explotación ilícita de yacimiento minero.

Resolución No. 1058 del 3 de junio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS). La Resolución adoptó e implementó la Política Nacional de Calidad en Salud (PNCS) 2026 -2035 “Calidad en salud, cuidado integral para una vida saludable”.

Acuerdo No. 1058 del 12 de junio de 2026 – Concejo de Bogotá D.C. El Acuerdo estableció los lineamientos para la implementación de la Estrategia Distrital de Atención para Personas con Enfermedades Huérfanas. Además, el Acuerdo estableció una Estrategia Pedagógica con el fin de que en los hospitales y centros de salud del Distrito Capital se realicen periódicamente jornadas de capacitación y sensibilización a todo su personal sobre las enfermedades huérfanas.

Acuerdo No. 1059 del 12 de junio de 2026 – Concejo de Bogotá D.C. El Acuerdo determinó medidas para promover y fortalecer las redes y rutas de lactancia materna en el Distrito Capital.

Sentencia del 26 de enero de 2026. Tribunal Administrativo de Caldas. Sala Sexta de Decisión. Radicado: 17001-33-33-001-2014-00512-02. El Tribunal declaró la responsabilidad administrativa de una EPS por la pérdida de oportunidad de una paciente que falleció de un infarto agudo de miocardio, al demostrarse que la autorización y remisión a una institución de tercer nivel de atención se demoró más de ocho horas por trámites administrativos. La Sala precisó que, aunque no existía certeza científica sobre si la paciente habría sobrevivido con una atención oportuna, sí se acreditó la pérdida de la expectativa legítima de mejorar sus condiciones de salud.

Circular Externa No. 20261510000007-5 del 6 de junio de 2026 – Superintendencia Nacional de Salud (SNS). Esta circular impartió instrucciones a las EPS y demás actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud para garantizar la atención prioritaria de niños, niñas y adolescentes (NNA) en riesgo vital. En ese sentido, la SNS amplió la definición de reclamo de riesgo vital para incluir siempre los casos de NNA con trasplantes, enfermedades cardiovasculares, cáncer, enfermedades huérfanas, respiratorias crónicas y VIH, y fijó un plazo máximo de ocho (8) horas para resolver de fondo los reclamos de riesgo vital de esta población. Asimismo, la SNS ordenó a las EPS realizar al menos un contacto mensual efectivo de seguimiento a los NNA con riesgo vital y reportar dicha información a la Supersalud.

Circular Externa No. 020 del 17 de junio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS). Esta circular impartió lineamientos y recomendaciones a Migración Colombia, las aerolíneas, las entidades territoriales, los operadores portuarios y los viajeros, para la preparación y el alistamiento en salud pública frente al riesgo de un brote de sarampión y rubéola en el país, en el contexto del aumento de la movilidad internacional asociado a la Copa Mundial de la FIFA 2026 y de la circulación activa del virus en Canadá, Estados Unidos y México.

Concepto No. 1002026S006064 del 16 de abril de 2026 – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La DIAN adicionó el Concepto General Unificado No. 1466 de 2017 sobre el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), para precisar que las transferencias o pagos efectuados por las EPS a gestores farmacéuticos están cobijadas por la exención del GMF prevista en el numeral 10 del artículo 879 del Estatuto Tributario. Lo anterior, siempre que correspondan a recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud con destinación específica al Plan de Beneficios en Salud (PBS) y se mantenga dicha destinación en la operación financiera, aclarando que cuando los pagos provengan de recursos propios de las EPS o sean ajenos al PBS, la exención no será procedente.

Resolución No. 0-0077 del 6 de abril de 2026, Fiscalía General de la Nación (FGN). La Resolución adoptó la política de uso responsable de la Inteligencia Artificial en la Fiscalía General de la Nación, orientada a establecer lineamientos comunes que permitan impulsar, articular y escalar dichas iniciativas en toda la entidad, garantizando su implementación segura, ética, interoperable y conforme con los estándares técnicos aplicables.

Resolución No. 0573 del 13 de abril de 2026, Superintendencia Financiera de Colombia (SFC). La SFC adoptó la medida de toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de Bloom Crowdfunding S.A. Sociedad de Financiación Colaborativa, con fundamento en las causales previstas en los literales d, g y h del numeral 1 del artículo 114 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, al verificarse que la entidad presentó un deterioro patrimonial sostenido por debajo del 50% del capital suscrito desde septiembre de 2023, incumplió reiteradamente las órdenes e instrucciones de la SFC en materia de capitalización, segregación patrimonial y mecanismos de recaudo, adelantó el recaudo de recursos de la actividad de financiación colaborativa a través de cuentas bancarias abiertas a nombre de terceros no vigilados, incumplió la obligación de trasladar los recursos recaudados a los receptores de los proyectos productivos y suministró información inconsistente e incompleta que impedía conocer adecuadamente su situación real.

Concepto No. 26-59890 – Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), marzo de 2026. La SIC precisó las obligaciones en materia de protección de datos personales aplicables al tratamiento de datos con fines políticos o electorales, en el marco de la Circular Externa 002 de 2026, aclarando que son sujetos obligados todas las personas naturales o jurídicas (incluyendo partidos, candidatos, gerentes de campaña, comités promotores y empresas de marketing) que actúen como Responsables o Encargados del Tratamiento conforme a la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015, quienes deben obtener autorización previa e informada del titular antes de recolectar sus datos, establecer mecanismos ágiles y permanentemente disponibles para el ejercicio de los derechos de habeas data, y adoptar políticas y manuales internos de tratamiento. Asimismo, la SIC precisó que el titular debe agotar el trámite de reclamo ante el responsable o encargado antes de acudir a la SIC, y que cuando el presunto infractor sea una entidad pública, esta Superintendencia carece de facultad sancionatoria y deberá remitir la actuación a la Procuraduría General de la Nación.