Boletín 19 | 20 de mayo de 2026
Normas
Decreto No. 0514 del 19 de mayo de 2026, Ministerio del Interior. En atención a la decisión del Consejo de Estado del 12 de febrero de 2026, que declaró la nulidad del Decreto 1500 de 2018, el Ministerio del Interior expidió este Decreto. La nueva norma precisó el territorio ancestral de los pueblos Arhuaco, Kogui, Wiwa y Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta, expresado en el sistema de espacios sagrados de la «Línea Negra Sheslliza», como ámbito tradicional, de especial protección integral, valor espiritual, cultural y ambiental. Además, el Decreto estableció medidas y garantías para efectiva protección del territorio, conforme a los principios y fundamentos de la Ley de Origen de estos pueblos, en desarrollo de la Ley 21 de 1991 y atendiendo lo dispuesto en el Auto 189 de 2013 de la Corte Constitucional.
Resolución No. 00093 de 2026, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR). La Resolución declaró como Área de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) en calidad de determinante del ordenamiento territorial de nivel 2, un área correspondiente a 667.034,75 hectáreas en los municipios de Montería, Ayapel, Buenavista, Cereté, Chinú, Ciénaga de Oro, Cotorra, La Apartada, Lorica, Montelíbano, Planeta Rica, Pueblo Nuevo, Purísima, Sahagún, San Antero, San Carlos y San Pelayo del departamento de Córdoba.
Resolución No. 460 de 2026, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). La Resolución declaró una Zona de Reserva de Recursos Naturales Renovables de carácter temporal en jurisdicción de los municipios de Carcasí, Cerrito, , Enciso, Guaca, Macaravita, Málaga, Molagavita, San Andrés, San José de Miranda, San Miguel, Santa Bárbara, Piedecuesta y Tona del departamento de Santander, así como Chitagá, Labateca y Silos del departamento del Norte de Santander.
Resolución DGEN No. 2026700013 del 28 de abril de 2026, Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR). La Resolución estableció la metodología técnica para la aplicación del Decreto número 1553 de 2024, en lo relacionado con el cálculo de la tasa retributiva por vertimientos puntuales en la Jurisdicción de la CAR.
Proyectos de normas
Proyecto de Decreto de 2026, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). El MADS publicó para consulta ciudadana el Proyecto de Decreto que pretende reglamentar el Fondo SINAPYBA, cuyo objeto es la financiación del Programa Nacional de Esterilización Quirúrgica de Gatos y Perros, así como los demás proyectos de bienestar animal ejecutados en el marco del Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal. El MADS recibirá comentarios hasta el 30 de mayo de 2026.
Proyecto de Decreto de 2026, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). El MADS publicó para consulta ciudadana el Proyecto de Decreto que pretende crear la Comisión Intersectorial para la Implementación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe – CIESCAZÚ. El MADS recibirá comentarios hasta el 21 de mayo de 2026.
Proyecto de Decreto de 2026, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). El MADS publicó para consulta ciudadana el Proyecto de Decreto que pretende reglamentar la composición de los Consejos Territoriales de Agua dispuestos en el artículo 34 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo). El MADS recibirá comentarios hasta el 30 de mayo de 2026.
Proyecto de Resolución de 2026, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). El MADS publicó para consulta ciudadana el Proyecto de Resolución que pretende reglamentar el artículo 4 de la Ley 2206 de 2022, en relación con el registro de guaduales y bambusales Categoría 1 . El MADS recibirá comentarios hasta el 29 de mayo de 2026.
Proyecto de Decreto de 2026, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). El MADS publicó para consulta ciudadana el Proyecto de Decreto que pretende reglamentar lo relacionado con la financiación y destinación de recursos para la gestión integral de los páramos en Colombia. El MADS recibirá comentarios hasta el 30 de mayo de 2026.
Jurisprudencia
Sentencia del 30 de abril de 2026. Consejo de Estado. Sección Quinta. Radicado: 15001-23-33-000-2026-00050-01. M.P. Omar Joaquín Barreto. El Consejo de Estado confirmó la improcedencia de la acción de cumplimiento interpuesta contra la Agencia Nacional de Minería (ANM) para exigir la resolución de una solicitud de cesión de derechos mineros. El Consejo de Estado concluyó que los accionantes no superaron el requisito de subsidiariedad previsto en el artículo 9 de la Ley 393 de 1997, por cuanto existía un trámite administrativo en curso ante la entidad, los actores disponían de otros instrumentos judiciales para obtener el cumplimiento del deber legal y no acreditaron la configuración de un perjuicio grave e inminente que justificara la procedencia.
Normas
Resolución No. 000948 del 14 de mayo de 2026, Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS). La Resolución reglamentó el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) como soporte de la Factura Electrónica de Venta (FEV) en salud y adoptar los siguientes documentos técnicos: (i) Especificaciones Técnicas de los Campos de Datos y las Reglas de Validación del RIPS como Soporte de la FEV en Salud; (ii) Campos de Datos del Sector Salud Adicionales a la Generación de la FEV.
Resolución No. 1888 del 15 de septiembre de 2025, Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS). La Resolución adoptó el Resumen Digital de Atención en Salud RDA, en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE y estableció el mecanismo para la implementación a nivel nacional.
Proyectos de normas
Concepto No. 2026424000867002 (S.F), Ministerio de Salud y Protección Social. El Ministerio precisó que, de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 70 de la Ley 1438 de 2011, el período del representante de los usuarios (alianzas o asociaciones de usuarios) ante la Junta Directiva de una Empresa Social del Estado de primer nivel de atención ubicada en un municipio de sexta categoría es de cuatro (4) años, período que también aplica para.
Proyecto de Resolución de 2026, Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS). El MSPS publicó el Proyecto de Resolución que pretende adicionar la Resolución No. 1888 del 15 de septiembre de 2025 en relación con la la incorporación del Resumen Digital de Atención (RDA) de dispensación de medicamentos y tecnologías en salud. Adicionalmente, el Proyecto de Resolución pretende establecer los flujos de direccionamiento, programación y entrega para el suministro y dispensación de tecnologías en salud y servicios complementarios . El MSPS recibirá comentarios hasta el 25 de mayo de 2026.
Proyecto de Resolución de 2026, Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS). El MSPS publicó el Proyecto de Resolución que pretende adoptar el Protocolo de Atención Integral en Salud para Personas Víctimas de Violencias Sexuales y derogar la Resolución No. 459 de 2012. El MSPS recibirá comentarios hasta el 23 de mayo de 2026.
Proyecto de Resolución de 2026, Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS). El MSPS publicó el Proyecto de Resolución que pretende definir los criterios técnicos para el Sistema de Selección y Clasificación de pacientes en los servicios de atención prehospitalaria, transporte asistencial y en los escenarios de emergencias y desastres en todo el territorio nacional (Triage Prehospitalario). El MSPS recibirá comentarios hasta el 22 de mayo de 2026.
Jurisprudencia
Sentencia T-088 de 2026. Corte Constitucional. M.P. Natalia Ángel Cabo. La Corte revisó una acción de tutela donde determinó la vulneración a los derechos fundamentales al cuidado, la vida, la salud y la integridad física de una adulta mayor con diagnóstico de Alzheimer, demencia, epilepsia y esquizofrenia en estadio severo por parte de las accionadas. Por ello, la Corte le ordenó a EPS Sanitas reconocer el servicio de cuidador a tiempo parcial para la accionante, en aplicación de las reglas de la Sentencia SU-466 de 2025 sobre reconocimiento del servicio de cuidador. Además, ordenó a la EPS realizar una valoración integral del estado de salud de la accionante y ordenó diseñar un plan de capacitación dirigido al núcleo familiar para el ejercicio de sus labores de cuidado.
Sentencia del 20 de abril de 2026. Tribunal Superior de Medellín. Sala Cuarta de Decisión Laboral. Radicado: 05001220500020260008500. M.P. María Eugenia Gómez Velásquez. El Tribunal confirmó la condena impuesta a los demandados en el proceso de reembolso de gastos médicos iniciado por una afiliada al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio que costeó un traslado en ambulancia aérea medicalizada desde Quibdó hasta Medellín, prescrito con carácter urgente tras sufrir fracturas múltiples en un accidente de tránsito. La Sala concluyó que la cobertura del SOAT se agotó con los traslados terrestres previos al accidente, por lo que la entidad administradora del plan de salud debía asumir los servicios que excedieran dicho tope, razón por la cual confirmó el pago a favor de la demandante.
Sentencia del 13 de mayo de 2026. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín. Sala Tercera Civil de Decisión. Radicado: 05001310301220120101004. M.P. Martha Cecilia Ospina. El Tribunal confirmó la sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de responsabilidad civil médica interpuestas contra una EPS, una clínica y un cirujano por complicaciones derivadas de una esplenectomía por laparoscopia, al concluir que el acervo probatorio demostró que la paciente fue informada de manera reiterada sobre los riesgos y beneficios del procedimiento y que la historia clínica daba cuenta de su aceptación. Por lo anterior, el Tribunal consideró que los demandados acreditaron la obtención del consentimiento y la parte demandante no probó falencias sustanciales en el mismo ni demostró un actuar contrario a la lex artis.
Otros
Concepto Radicado No. 25-616895 de enero de 2026 – Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). La SIC precisó que las historias clínicas contienen datos personales sensibles sujetos a reserva legal y solo pueden acceder a ellas el paciente, el equipo de salud, autoridades judiciales y de salud, y las personas determinadas en la ley. Cualquier tratamiento de esta información debe ceñirse a la Ley 1581 de 2012. El incumplimiento puede acarrear multas de hasta 2.000 salarios mínimos, suspensión o cierre de operaciones.
Concepto Radicado No. 202642300835632 – Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS). El MSPS precisó que la identificación institucional de un funcionario de la Policía Nacional y la manifestación verbal de una situación de flagrancia no constituyen fundamento jurídico suficiente para que una Institución Prestadora de Servicios de Salud levante la reserva legal de la historia clínica, pues su entrega legítima exige autorización del paciente, orden escrita de autoridad judicial competente o requerimiento formal de autoridad legalmente facultada.
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