Boletín 26 | 21 de julio de 2026
Normas
Decreto No. 742 de 2026 – Ministerio de Minas y Energía. Este Decreto reglamentó el cierre de minas, incorporando al Decreto 1073 de 2015 un marco integral que establece las condiciones técnicas, ambientales, sociales, laborales y financieras que deberán cumplir los titulares mineros desde la etapa de explotación hasta el post cierre.
Decreto No. 700 del 7 de julio de 2026 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. El MADS modificó la reglamentación de la Tasa por Utilización del Agua, actualizando los elementos que determinan su cobro.
Decreto No. 699 del 7 de julio de 2026 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. El MADS expidió la reglamentación de los Consejos Territoriales del Agua (CTA), con el propósito de fortalecer la coordinación y la participación en la gestión del recurso hídrico.
Resolución No. 868 del 14 de julio de 2026 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Mediante esta Resolución el MADS adoptó los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental – EIA, requerido para el trámite de la Licencia Ambiental Global o definitiva para proyectos de explotación de pequeña minería.
Resolución No. 808 del 30 de junio de 2026 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Mediante esta Resolución el MADS adoptó los términos de referencia para la elaboración del estudio de impacto ambiental – EIA de los proyectos de uso (generación) de energía eólica costa afuera.
Resolución No. 160 del 19 de junio de 2026 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Mediante esta Resolución el MADS adoptó la metodología para identificar y determinar las actividades agropecuarias de bajo impacto en ecosistemas de páramo.
Proyectos de normas
Proyecto de Resolución “Modificación a la Resolución 309 de 2018”. El MADS publicó para comentarios el proyecto normativo mediante el cual se modifica parcialmente la Resolución 309 de 2018, la cual establece los requisitos para solicitar la certificación de las inversiones ambientales para acceder a los beneficios tributarios del artículo 255 del ET. El proyecto recibirá comentarios entre el 16 de julio y el 6 de agosto de 2026.
Proyecto de Resolución “Delimitación Santurbán”. El MADS publicó para comentarios el proyecto normativo mediante el cual se delimita de manera progresiva el Complejo de Páramos Jurisdicciones–Santurbán–Berlín, en cumplimiento de la Sentencia T-361 de 2017, y se sustituye parcialmente la Resolución 2090 de 2014. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 14 y el 29 de julio de 2026.
Proyecto de Resolución “RRNR La Baja”. El MADS publicó para comentarios el proyecto normativo mediante el cual se delimita y declara la Reserva de Recursos Naturales Renovables de carácter definitivo “La Baja”, en un sector de la microcuenca de la quebrada La Baja, en el Macizo de Santurbán. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 14 y el 29 de julio de 2026.
Proyecto de Resolución “Modificación a la Resolución 0221 de 2025”. El MADS publicó para comentarios el proyecto normativo que modifica la Resolución 0221 de 2025 corregida por la Resolución 0239 de 2025 en el sentido de actualizar el área geográfica efectiva y precisar la cartografía de la Zona de Reserva de Recursos Naturales Renovables, y se prorroga su vigencia. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 14 y el 29 de julio de 2026.
Proyecto de Resolución “Reporte obligatorio de Efecto Invernadero”. El MADS publicó para comentarios el proyecto normativo que reglamenta el Reporte Obligatorio de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (ROE), y adopta el Protocolo de Cuantificación y Reporte de emisiones del ROE y la Guía Técnica de la Plataforma ROE. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 10 y el 24 de julio de 2026.
Proyecto de Resolución “Páramo Cruz Verde – Sumapaz”. El MADS publicó para comentarios el proyecto normativo mediante el cual se realiza la delimitación participativa del Área de Páramos Cruz Verde – Sumapaz. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 9 y el 24 de julio de 2026.
Proyecto de Resolución “DRMI Bajo Cauca Nechí”. El MADS publicó para comentarios el proyecto normativo mediante el cual se modifica el artículo 2 de la Resolución 1499 del 20 de octubre de 2025, en el sentido de liberar los efectos jurídicos de la protección temporal del polígono 8 ‘Distrito Regional de Manejo Integrado – DRMI Bajo Cauca Nechí. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 8 y el 23 de julio de 2026.
Jurisprudencia
Consejo de Estado. Sección Tercera Sentencia del 22 de mayo de 2026. Rad. 50001-23-33-000-2013-00280-01 (68.793). En este fallo, el Consejo de Estado reiteró que para declarar la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños que presuntamente se derivan de actividades de exploración, no basta con acreditar la existencia de afectaciones ambientales. También es indispensable demostrar, con pruebas técnicas suficientes, el nexo causal entre la actividad desarrollada y el daño reclamado. Esta decisión destaca la importancia de la carga probatoria y de los elementos necesarios para que prospere una acción de reparación de perjuicios en el ámbito del derecho administrativo y de la responsabilidad extracontractual.
Tribunal Administrativo de Boyacá. Sala de decisión tercera. Sentencia del 9 de julio de 2026. Rad. 1500133330072021-0004701. En este fallo, el Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó las órdenes impartidas al municipio de Tunja y a Veolia para proteger los derechos colectivos afectados por el deterioro vial y las deficiencias en la captación de aguas lluvias del barrio Jorge Eliécer Gaitán. Veolia deberá concurrir en las obras del sistema combinado de alcantarillado mientras no se separen las redes pluviales y sanitarias. No obstante, la construcción de bermas, bordillos, cunetas y sumideros será responsabilidad exclusiva del municipio.
Tribunal Administrativo de Casanare. Sentencia del 28 de mayo de 2026. Rad. 85001-2333-000-2024-00092-00. El Tribunal Administrativo de Casanare amparó derechos colectivos relacionados con el ambiente sano, el equilibrio ecológico, la salubridad pública y el ordenamiento urbano, por la infiltración y vertimiento de aguas servidas al Canal La Milagrosa, asociados al Hotel Campestre La Bendición. La decisión declaró responsable la falta de control oportuno de Corporinoquia y del municipio de Yopal, así como la necesidad de intervención por parte de la SAE y los operadores del inmueble. Además, ordenó estudios técnicos, medidas de protección de la ronda hídrica, adecuación del pozo séptico y trámites de permiso de vertimientos y concesión de aguas subterráneas.
Tribunal Administrativo de Boyacá. Sala de decisión cuarta. Sentencia del 11 de junio de 2026. Rad. 1500123330002021-0016600. En esta sentencia, el Tribunal revisó la cuantificación de una multa ambiental y la avaló al considerar que Corpoboyacá aplicó la metodología prevista para la tasación de sanciones pecuniarias. Aunque el informe técnico incluyó algunas apreciaciones jurídicas, el Tribunal concluyó que la decisión sancionatoria fue adoptada por la autoridad competente y no por los profesionales que calcularon el monto.
Otros
Concepto Rad. 2026E2014726 del 28 de abril de 2026. El MADS precisó que la sobretasa o porcentaje ambiental previsto en el artículo 44 de la Ley 99 de 1993 tiene como hecho generador la propiedad o posesión de bienes inmuebles, en correspondencia con el impuesto predial. Su base gravable depende de la modalidad adoptada por el municipio o distrito: porcentaje sobre el total del recaudo del predial, entre el 15% y el 25,9%, o sobretasa ambiental sobre el avalúo catastral, entre el 1,5 y el 2,5 por mil.
Circular 000018-7 del 26 de mayo de 2026 – Autoridad Nacional de Licencias Ambientales. La ANLA emitió lineamientos preventivos dirigidos a los titulares de proyectos, obras o actividades sujetos a licenciamiento ambiental, con el propósito de fortalecer la gestión del riesgo ante la alta probabilidad de ocurrencia del Fenómeno de El Niño durante 2026. La circular insta a revisar y, de ser necesario, ajustar el Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua (PUEAA) y los planes de contingencia, incorporando escenarios de sequía, medidas para optimizar el uso del recurso hídrico y estrategias de prevención de incendios y protección de ecosistemas. Asimismo, fija recomendaciones específicas para sectores como hidroeléctrico, termoeléctrico, minero y de hidrocarburos, prevé un seguimiento diferenciado por parte de la ANLA según el nivel de riesgo de los proyectos, y prioriza la certificación ambiental para acceder a beneficios tributarios por inversiones en sistemas de monitoreo ambiental.
Directiva 013 del 14 de julio de 2026 – Procuraduría General de la Nación. La Procuraduría exhortó a gobernadores, alcaldes, asambleas, concejos y miembros del Ministerio Público a garantizar el ejercicio efectivo de las competencias ambientales y la incorporación obligatoria de las determinantes ambientales en los instrumentos de ordenamiento territorial. La Directiva enfatiza que las entidades territoriales deben adelantar oportunamente la formulación, revisión y actualización de los POT, PBOT y EOT, armonizándolos con la gestión integral del riesgo, el ordenamiento alrededor del agua, la adaptación al cambio climático y los principios de desarrollo sostenible.
El MADS anunció la expedición de la Resolución No. 863 del 14 de julio de 2026, a través de la cual se establece una metodología nacional para avanzar en la delimitación participativa de los páramos respecto de aquellos municipios en los cuales se haya avanzado hasta la fase de concertación de los seis (6) temas ineludibles conforme a lo dispuesto en la Sentencia T-361 de 2017.
Normas
Ley No. 2599 de 2026 – Congreso de la República. Esta ley actualizó la política pública para garantizar una atención integral frente al cáncer, fortaleciendo las acciones de promoción, prevención, diagnóstico oportuno, tratamiento y cuidados paliativos. La norma busca avanzar hacia una cobertura universal y progresiva, priorizando los tipos de cáncer con mayor incidencia y mortalidad, con el propósito de mejorar el acceso a los servicios de salud y la calidad de vida de los pacientes.
Ley No. 2588 de 2026 – Congreso de la República. Esta ley promueve la inclusión y participación en los procesos de donación de sangre, con el fin de mejorar la seguridad de los donantes y pacientes transfundidos que reciben Productos Medicinales Derivados del Plasma (PMDP), y garantizar en la cadena transfusional la seguridad, disponibilidad y acceso a la sangre, sus componentes sanguíneos, y los Productos Medicinales Derivados del Plasma (PMDP) en el país.
Decreto No. 0685 del 2 de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Este Decreto modificó y adicionó el Decreto 11 de 2025 para introducir cambios en la planta de personal del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. La medida busca actualizar la estructura de cargos de la entidad, fortalecer su capacidad institucional y garantizar una adecuada prestación de los servicios de salud conforme a las necesidades del hospital.
Resolución No. 01350 del 10 de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Mediante esta Resolución se adoptó la Política Nacional Intersectorial de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos y se imparten instrucciones para su implementación.
Resolución No. 01320 del 7 de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Esta Resolución define el porcentaje de los rendimientos financieros de la cuenta maestra de recaudo de cotizaciones en salud para las Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas en Salud para la vigencia 2026.
Resolución No. 01319 del 9 de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Esta Resolución establece las disposiciones operativas para la incorporación del Permiso Especial de Permanencia para Representantes Legales o Custodios de niñas, niños y adolescentes (PEP-TUTOR) en los sistemas de información del Sistema de Protección Social.
Resolución No. 01315 del 7 de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Mediante esta Resolución se adoptó la Política Nacional de Humanización en Salud 2026-2035, orientada a mejorar la calidad de la atención y promover relaciones más dignas entre usuarios, trabajadores e instituciones.
Proyectos de norma
Proyecto de Resolución de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Esta iniciativa normativa modifica los artículos 2º y 8º de la Resolución 1716 de 2019, por la cual se establece el procedimiento de reintegro de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, apropiados o reconocidos sin justa causa. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 15 y el 30 de julio de 2026.
Proyecto de Resolución de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Esta iniciativa normativa adopta los Límites Máximos de Residuos (LMR) de Medicamentos Veterinarios en alimentos y bebidas de origen animal destinados al consumo humano y se deroga la Resolución 1382 de 2013. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 17 y el 31 de julio de 2026.
Proyecto de Resolución de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Esta iniciativa normativa actualiza los procedimientos de acceso, prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de tecnologías en salud y servicios complementarios no financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 10 y el 27 de julio de 2026.
Proyecto de Resolución de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Esta iniciativa normativa reglamenta la conformación, organización y funcionamiento de la Red Mixta Nacional y Territorial de Salud Mental bajo un esquema de convocatoria abierta, conforme a lo previsto en la Ley 2460 de 2025. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 15 y el 30 de julio de 2026.
Proyecto de Resolución de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Esta iniciativa normativa establece los criterios para la compra centralizada, distribución y suministro de los medicamentos antirretrovirales para el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el seguimiento a las personas que requieren el medicamento para su prevención y tratamiento, se deroga la Resolución 2164 de 2024.
Proyecto de Resolución de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Esta iniciativa normativa establece el procedimiento para la inscripción de los prestadores de servicios de salud y las condiciones para la habilitación de los servicios de salud y se dictan otras disposiciones. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 10 y el 25 de julio de 2026.
Proyecto de Resolución de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Esta iniciativa normativa establece los requisitos de elegibilidad, los criterios de priorización y las condiciones para la asignación y transferencia de recursos de inversión del Ministerio de Salud y Protección Social a Empresas Sociales del Estado y Entidades Territoriales, destinados al fortalecimiento de acciones en salud mental, prevención y atención del consumo de sustancias psicoactivas, salud sexual y reproductiva, prevención de violencias de género y violencia sexual, dirigidas a pueblos indígenas y comunidades étnicas. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 9 y el 22 de julio de 2026.
Proyecto de Decreto de julio de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Esta iniciativa normativa sustituye el título 1 de la parte 5 del libro 2 del Decreto 780 Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud. El proyecto normativo recibirá comentarios entre el 10 y el 25 de julio de 2026.
Jurisprudencia
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sentencia del 19 de junio de 2026. Rad. 25000-23-41-000-2026-00516-00. Mediante este fallo se le ordenó a Nueva EPS cumplir con su obligación legal de elaborar, certificar, difundir y publicar sus estados financieros de las vigencias 2023, 2024 y 2025. En el análisis del caso, la Sala concluyó que los deberes previstos en la Ley 222 de 1995 y la Circular Externa 016 de 2016 de la Supersalud son mandatos claros, expresos y exigibles, y que los procesos internos de saneamiento financiero no justifican el incumplimiento prolongado de la publicación de la información contable.
Otros
Concepto No. 976825 de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. El concepto reiteró que los recursos que financian el Sistema General de Seguridad Social en Salud son de destinación específica e inembargables, por lo que las medidas cautelares que los afecten solo proceden de manera excepcional y bajo las condiciones fijadas por la jurisprudencia constitucional. El concepto recuerda que los recursos provenientes del Sistema General de Participaciones únicamente pueden ser objeto de embargo para garantizar obligaciones laborales, sentencias judiciales o títulos emanados del Estado relacionados con la finalidad específica de dichos recursos, mientras que los provenientes de cotizaciones al SGSSS y los administrados en cuentas maestras de la ADRES mantienen una protección reforzada y no admiten estas excepciones.
Concepto No. 53160 de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. El concepto precisó que, aunque la historia clínica es un documento privado y sometido a reserva, el empleador puede acceder a la epicrisis o al resumen de atención cuando estos sean necesarios para adelantar la validación (transcripción) de incapacidades expedidas por médicos u odontólogos no adscritos a la red de la EPS. El concepto recuerda que el empleador es el responsable de gestionar ante la EPS el reconocimiento económico de las incapacidades, mientras que el trabajador debe informar la expedición de la incapacidad y suministrar los documentos requeridos para su validación.
Concepto No. 49496 de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social. Este concepto precisó que las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) son responsables de adoptar e implementar protocolos de vigilancia y seguridad para proteger tanto a los usuarios como al personal de salud frente a situaciones de agresión, de conformidad con la Resolución 741 de 1997. Además, se aclara que no existe un protocolo único definido por el Ministerio para el manejo de pacientes agresivos, por lo que cada institución debe establecer sus propios procedimientos y, cuando sea necesario, solicitar el apoyo de la Policía Nacional en el marco del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Circular Externa Conjunta No. 023 de 2026 – Ministerio de Salud y Protección Social e Instituto Nacional de Salud. Esta circular establece las directrices, instrucciones y acciones para la preparación y respuesta sectorial frente a los efectos en salud ante la temporada seca y la actual ocurrencia del fenómeno de «El Niño»2026-2027.
Circular Externa No. 023 de 2026 del 21 julio de 2026 – Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos. En esta circular se establece disposiciones generales para el seguimiento del comportamiento del mercado de dispositivos médicos, se someten algunos de estos productos al régimen de libertad vigilada y el stent coronario medicado al régimen de control directo, y se estructura el Sistema de Reporte de Información de Precios de Dispositivos Médicos (SISDIS).
Circular Externa No. 021 de 2026 – Comisión Nacional de Precios de Medicamentos. Esta circular establece los anexos técnicos para el reporte de información al Sistema de Información de Precios de Medicamentos (SISMED), y deroga las Circulares 06 de 2018 y 17 de 2023.

Normas
Resolución No. 22220 del 27 de marzo de 2026 – Superintendencia de Industria y Comercio. La SIC sancionó a una empresa por publicar en redes sociales la imagen de un menor sin autorización previa, expresa e informada de sus representantes legales. La entidad reiteró que las fotografías son datos personales y que su tratamiento exige informar claramente las finalidades, los derechos del titular y los datos del responsable, incluso cuando la publicación tenga fines sociales y no lucrativos.
Otros
Circular No. 1 del 16 de junio de 2026 – Presidencia de la República. La Presidencia de la República impartió lineamientos a servidores públicos y contratistas de la Rama Ejecutiva nacional para reforzar la preservación, seguridad y confidencialidad de la información institucional. Prohíbe acceder, copiar, modificar, extraer, eliminar o divulgar información reservada, clasificada o datos personales sin autorización legal. Su incumplimiento podrá generar responsabilidades disciplinarias, contractuales y penales.
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