📣 Ley 2320 de 2023 – Adquisición áreas de interés para acueductos
Se modificó el artículo 111 de la Ley 99 de 1993, el cual a su vez ya había sido modificado por la Ley 1450 de 2011 y por el Decreto Ley 870 de 2017.
En este caso con la reforma de Ley 2320 de 2023 el tema queda así:
1️⃣ Declara de interés público las áreas de importancia estratégica (AIE) para conservación de recurso hídrico que surte acueductos.
2️⃣ Entidades territoriales dedicarán un porcentaje mínimo del 1% de sus ingresos corrientes de libre destinación para adquisición o mantenimiento de AIE (en este último caso en predios adquiridos). Departamentos, Distritos y Municipios deben garantizar recursos dentro de plan de desarrollo y presupuesto anual
3️⃣ Podrá haber cofinanciación bajo artículo 108 de la Ley 99 de 1993.
4️⃣ Debe haber enfoque en soluciones basadas en la naturaleza (SbN), adaptación al cambio climático, restauración ecológica y financiación PSA.
5️⃣ Autoridades ambientales deben realizar actualización de inventarios.
6️⃣ Distritos de riego deben cumplir igual con inversión forzosa de no menos del 1% (Artículo 43 de la Ley 99 de 1993)
7️⃣ Habrá programa de fortalecimiento institucional.
8️⃣ MADS tiene 6 meses para reglamentar la materia.