📣 🚨 Les compartimos el borrador del Proyecto de Ley Estatutaria “Por la cual se dictan disposiciones para el Régimen General de Protección de Datos Personales” presentado por la Cámara de Representantes, que busca unificar y armonizar a nivel nacional la normativa en esta materia.
Deroga la Ley 1581 de 2012, sus decretos reglamentarios y demás normativa relacionadas que sea contraria.
Entre los principales cambios se destacan:
1️⃣ Incorporación de:
– Nuevos principios (portabilidad, limitación del plazo de conservación, minimización de datos, Neutralidad Tecnológica)
– Conceptos como el neurodato, los datos genéticos (como una categoría de datos sensibles), el subencargado, la seudonimización y las normas corporativas vinculantes en materia de transferencia de datos internacionales, entre otros.
– Disposiciones sobre el tratamiento de: i) datos de personas fallecidas, ii) datos relativos a condenas y delitos penales, iii) datos que no requiere identificación, iv) datos en el marco de tecnologías digitales, de rastreo y automatizadas.
2️⃣ Posibilidad de que los mayores de 14 años manifiesten su consentimiento.
3️⃣ Invitación a que los responsables y encargados se adhieran a códigos de conducta o cuenten con un mecanismo de certificación en materia de protección de datos.
4️⃣ Obligatoriedad de que el Oficial de Protección de Datos cuente con conocimientos especializados en Derecho.
5️⃣ Descripción del régimen sancionatorio y graduación de sanciones de acuerdo a su gravedad.
6️⃣ Exigencia de que la autorización de tratamiento de datos personales se obtenga en un documento separado del contrato laboral.
7️⃣ Períodos de transición para su implementación. Se destaca que los consentimientos obtenidos previo a la expedición de la norma tendrán una validez de 1 año y luego deberán refrendarse con algunas excepciones.
8️⃣ No hace mención a la continuidad del Registro Nacional de Base de Datos.
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